EU ETS 2028: qué significa para la incineración de residuos

EU ETS 2028: qué significa para la incineración de residuos

En agosto de 2026, los operadores de plantas de valorización energética en Europa trabajan con cinco panoramas regulatorios distintos a la vez, no con uno solo. El informe de viabilidad de la Comisión Europea sobre la inclusión de la incineración de residuos municipales en el régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (EU ETS) se publicó a finales de julio de 2026 y respalda una fecha de inicio en 2028, con la posibilidad de que cada Estado miembro se acoja a una exclusión temporal hasta 2030. Una propuesta no es una directiva, y los panoramas nacionales que hay debajo se mueven a ritmos distintos y, en el caso de Alemania, en sentido contrario. Este artículo es una fotografía de agosto de 2026 sobre la cuestión del EU ETS y la incineración de residuos de cara a 2028, no una previsión de cómo terminará.

Una advertencia antes de entrar en el detalle: esto es información general a fecha de agosto de 2026, no asesoramiento jurídico. El panorama de la UE en particular es una propuesta en revisión, no derecho vigente, y la transposición nacional varía según el país. Los operadores deben confirmar la posición de su propia planta con su autoridad competente antes de tomar decisiones de cumplimiento basadas en lo que sigue.

Los riesgos de leer mal esta situación son asimétricos: tratar una propuesta como un plazo confirmado expone a sobreinvertir en la infraestructura equivocada; esperar a un texto legislativo final expone a llegar al primer periodo de declaración obligatoria sin datos de referencia ni tendencia defendible. Los grupos que operan en varios países enfrentan esto por partida doble: una planta en Baja Sajonia, otra en el norte de Inglaterra y otra cerca de Milán están, en esta fotografía, en tres situaciones jurídicas distintas para la misma pregunta, qué parte de lo que se incinera es carbono fósil.

EU ETS y la incineración de residuos en 2028: la fotografía por país (agosto de 2026)

A escala de la UE: una propuesta sobre la mesa, todavía no derecho vigente

El informe de viabilidad de la Comisión Europea, previsto para el 31 de julio de 2026 en virtud de la cláusula de revisión incorporada en la actual Directiva EU ETS, valora si y cómo debe entrar la incineración de residuos municipales en el régimen de comercio de derechos de emisión de la UE. El informe respalda una fecha de inicio en 2028 para la entrada de las instalaciones de incineración en el sistema, con la posibilidad de que los Estados miembros se acojan a una exclusión temporal hasta 2030 como muy tarde (cobertura de EUWID Recycling sobre la propuesta; véase también el informe del Servicio de Estudios del Parlamento Europeo (EPRS)).

Eso es todo lo que está fijado hasta ahora. Un informe de viabilidad es una recomendación de la Comisión, no un acto legislativo adoptado. Convertir esa fecha y esa exclusión temporal en derecho vinculante exige aún el procedimiento legislativo ordinario de la UE: acuerdo entre Consejo y Parlamento sobre umbrales de alcance, reglas de asignación y cómo se gestiona la exclusión. Nada de eso está decidido en esta fotografía. Leer "2028" como plazo confirmado es anticiparse al estado real de la legislación.

La exclusión temporal hasta 2030 cambia lo que significa en la práctica "el panorama de la UE". Si el mecanismo sobrevive al procedimiento legislativo en su forma actual, algunos Estados miembros tendrán la incineración de residuos municipales dentro del EU ETS desde 2028 y otros no, hasta dos años más. No es un plazo único a escala de la UE; es un corredor, y qué extremo del corredor se aplica a una planta concreta depende de una decisión del gobierno nacional que, a fecha de agosto de 2026, la mayoría de los Estados miembros todavía no ha hecho pública.

Alemania: la reforma de la TEHG mantiene la incineración fuera de la entrada anticipada

Alemania ya ha hecho su propio movimiento, y va a contracorriente de la inclusión anticipada. El Bundestag aprobó una reforma de la Treibhausgas-Emissionshandelsgesetz (TEHG), la ley alemana que transpone el EU ETS, que excluye explícitamente a las plantas de incineración de residuos de la entrada anticipada en el régimen europeo (EUWID Recycling). Las plantas alemanas siguen así bajo el régimen dual existente: el precio nacional del carbono con arreglo a la Brennstoffemissionshandelsgesetz (BEHG) y su reglamento de aplicación (EBeV), junto con los requisitos de emisiones atmosféricas ya aplicables a la incineración y coincineración de residuos en virtud de la 17ª ordenanza de aplicación de la ley federal de control de emisiones (17. BImSchV). Este tercer instrumento no es un mecanismo de precio del carbono: fija límites de emisión atmosférica para la propia planta y sigue aplicándose con independencia de cómo se resuelva la cuestión del ETS. El control de emisiones atmosféricas y la fijación de precio del carbono son obligaciones distintas que a veces se confunden.

Para una planta alemana, la lectura práctica a fecha de agosto de 2026 es: sin obligación anticipada de EU ETS, los costes de BEHG/EBeV siguen igual, y la pregunta abierta es si y cómo cambiará la posición alemana una vez la propuesta de la UE para 2028 recorra el procedimiento legislativo. Eso permanece deliberadamente sin resolver.

Reino Unido: MRV voluntario ahora, obligatorio desde 2028

El calendario británico es el más concreto de esta lista, y ya se ha tratado en detalle en otro lugar de este sitio: cómo el seguimiento continuo basado en IA ya satisface los requisitos de MRV. En resumen, el UK ETS aplica un periodo voluntario de monitorización, declaración y verificación (MRV) para instalaciones de valorización energética e incineración de residuos durante 2026 y 2027, pasando a la entrega obligatoria de derechos desde 2028 para instalaciones que incineren 3 toneladas por hora o más de residuos no peligrosos (guía del gobierno británico; análisis de Jones Day). Los operadores por encima de ese umbral deberían estar ya aprovechando la ventana voluntaria para adquirir práctica en MRV en lugar de esperar a la fase obligatoria; ese es precisamente el objeto del artículo enlazado, así que no se repite aquí.

Italia: la advertencia de costes de Utilitalia

Italia todavía no tiene legislación ETS específica para la incineración. Lo que existe es una estimación de coste del sector como reacción a la propuesta de la UE. Utilitalia, la asociación italiana de empresas de servicios públicos, cifró lo que costaría al sector la inclusión en el EU ETS: hasta 350 millones de euros al año, equivalente a unos 45 euros por tonelada de residuo tratado, para un sector que, según Utilitalia, representa menos del 2% de las emisiones nacionales de Italia (Canale Energia). Son proyecciones propias de Utilitalia, planteadas como argumento contra la inclusión, no una evaluación gubernamental de costes ni una tarifa adoptada. Léanse como una señal de cómo espera verse afectado el sector italiano si, y cuando, se adopte la propuesta de la UE, no como una cifra que incorporar ya a los presupuestos de 2028.

Francia: la medición ya es obligatoria, el estatus ETS sigue pendiente

Francia va más avanzada en lo operativo mientras sigue formalmente indecisa sobre la inclusión en el ETS en sí. Unas 80 instalaciones francesas de valorización energética de residuos están sujetas desde 2024 a la obligación de medir el CO2 fósil, con declaración formal en vigor desde 2025, antes de e independientemente de cualquier decisión sobre el EU ETS (Amorce). Esa infraestructura de medición y declaración es precisamente la base sobre la que está pensada apoyarse la cláusula de revisión de la UE, prevista para el 31 de julio de 2026. Que las cerca de 80 instalaciones francesas acaben dentro del EU ETS desde 2028 depende de cómo se resuelva esa cláusula a escala europea. La obligación de medición ya vigente no es en sí misma una obligación del ETS, pero produce los mismos datos que una planta necesitaría si, y cuando, llegue una.

Qué exige realmente en la práctica "medir ya, cumplir después"

Cada jurisdicción anterior llega a la misma exigencia operativa aunque el estatus jurídico difiera: datos sobre la fracción fósil al nivel de lo que realmente entra en la planta. El MRV del UK ETS, la obligación francesa de medición de CO2 fósil y la propuesta de la UE giran todos en torno a la misma pregunta de fondo, qué parte del residuo incinerado es de origen fósil frente a biogénico, porque solo la fracción fósil genera obligación bajo cualquiera de estos sistemas de precio del carbono.

Esa cifra no puede producirse de forma retroactiva con fiabilidad. Una prueba de radiocarbono hecha en marzo informa sobre el flujo de residuos de marzo, no sobre el de agosto, y las campañas periódicas de clasificación manual son fotografías que quedan obsoletas en cuanto llega el siguiente camión. La composición varía según el proveedor, la temporada, el contrato. Una planta que solo empieza a construir un historial defendible de fracción fósil una vez que un esquema se vuelve obligatorio afronta su primer periodo de declaración sin línea base, sin tendencia y sin forma de explicar las desviaciones a un verificador.

La implicación práctica es desacoplar "medir" de "cumplir". Una planta no necesita una obligación jurídica definitiva para empezar a construir registros continuos de composición y poder calorífico inferior (PCI) vinculados a cada entrega individual. Los necesita con independencia de cuál de los cinco panoramas anteriores acabe aplicándosele, porque sea cual sea, los datos por entrega son el insumo sobre el que se construye cada uno de esos sistemas.

En términos prácticos, "medir ya" significa construir tres cosas antes de que un esquema se vuelva obligatorio. Un flujo continuo, no una campaña periódica, para tener meses de tendencia en lugar de una sola fotografía. Trazabilidad hasta la entrega y el proveedor individuales, porque la variación de la fracción fósil sigue flujos, contratos y temporadas concretos; una planta que señala el origen de un pico puede actuar y explicarlo, algo que una cifra agregada no permite. Y un formato que un verificador pueda auditar sin que el personal deba reconstruirlo de memoria, porque el valor del dato continuo se pierde si nadie puede recuperarlo meses después.

Cómo los datos de composición y PCI por entrega reducen el riesgo en el MRV

El riesgo específico que los procesos de MRV están diseñados para detectar es una brecha entre lo que una planta declara y lo que un verificador puede confirmar de forma independiente. Las estimaciones agregadas de fracción fósil al final del periodo son difíciles de defender frente a ese tipo de escrutinio, porque bajo la cifra no hay rastro alguno.

El seguimiento continuo a nivel de entrega cambia el aspecto de ese rastro. La plataforma de Wasteer realiza análisis de PCI por entrega y evaluación de composición en el lado de recepción de la planta, anclada a imágenes de cada descarga y vinculada al proveedor y al contrato. Esto no hace por sí solo que una planta cumpla con el EU ETS o el UK ETS; el cumplimiento es una determinación jurídica y de procedimiento que establecen el operador y su verificador. Lo que aportan los datos es la evidencia sobre la fracción fósil de la que depende la declaración de cumplimiento: un registro de qué se entregó, cuándo, por quién, y cuál era su composición estimada, disponible a nivel de cada entrega en lugar de reconstruido a posteriori.

Ese mismo registro se convierte también en el informe digital de control de residuos que genera esta traza de auditoría, que es precisamente el documento que revisa un verificador. Una planta que puede entregar a un verificador un registro continuo y vinculado a cada entrega dedica menos tiempo a reconstruir lo ocurrido y más tiempo a las partes del MRV que realmente requieren criterio. Wasteer ya está desplegado en 28 plantas de 7 países europeos, exactamente en este abanico de situaciones regulatorias, desde el periodo MRV voluntario del UK ETS hasta el régimen dual BEHG/EBeV alemán.

Lista de comprobación antes de 2028

Confirmar el rendimiento de su planta frente al umbral británico. Si opera en el Reino Unido e incinera 3 toneladas por hora o más de residuos no peligrosos, la ventana MRV voluntaria se cierra a finales de 2027. Trate 2026-2027 como plazo de preparación, no como periodo de gracia.

Separar el cumplimiento de emisiones atmosféricas del cumplimiento de precio del carbono en Alemania. Las obligaciones de la 17. BImSchV siguen sin cambios, los costes de BEHG/EBeV son una partida distinta, y la entrada anticipada al EU ETS no se aplica actualmente. Haga un seguimiento de las tres por separado para que un cambio en una no se confunda con las otras.

No presupueste la estimación de Utilitalia como un hecho. Es un argumento del sector contra la inclusión, útil para entender la exposición, no un gravamen confirmado. Revísela solo cuando, y si, la propuesta de la UE se adopte formalmente.

Si es una de las cerca de 80 instalaciones francesas afectadas, construya ya el registro de fracción fósil. La obligación de medición ya se aplica. Use el periodo por delante para hacer que el registro sea continuo y esté vinculado a cada entrega, en lugar de basarse en campañas, con independencia de cómo se resuelva la cláusula de revisión de la UE.

Siga el procedimiento legislativo de la UE, no solo el informe de viabilidad. La fecha 2028 y la exclusión temporal hasta 2030 son propuestas. La versión vinculante, cuando exista, especificará umbrales de alcance y mecanismos de asignación que todavía no son públicos. Revise la sección de la UE de este artículo solo una vez que los colegisladores hayan actuado, no antes.

Inicie el seguimiento de composición y PCI a nivel de entrega con independencia del esquema que finalmente aplique. Todas las vías regulatorias anteriores convergen en la misma necesidad de evidencia. Construir el registro antes de que sea obligatorio es la única forma de tener una tendencia defendible cuando un verificador la pida.

Preguntas frecuentes

¿Va a entrar definitivamente la incineración de residuos municipales en el EU ETS desde 2028? Todavía no, a fecha de agosto de 2026. El informe de viabilidad de la Comisión respalda una fecha de inicio en 2028 con exclusión temporal para los Estados miembros hasta 2030, pero es una propuesta, no legislación adoptada. Todavía debe atravesar el procedimiento legislativo ordinario de la UE antes de ser vinculante.

¿Significa la reforma de la TEHG que las plantas alemanas están exentas del EU ETS de forma permanente? No. Significa que no se incluyeron de forma anticipada. La reforma aborda específicamente la entrada anticipada; no condiciona lo que decida finalmente el procedimiento legislativo de la UE para 2028 y en adelante.

¿Son el UK ETS y el EU ETS el mismo esquema para la incineración? No, son esquemas separados con calendarios separados. El Reino Unido aplica su propio periodo MRV voluntario durante 2026-2027, con entrega obligatoria de derechos desde 2028 para las instalaciones afectadas. Consulte nuestra cobertura detallada del UK ETS para conocer los mecanismos.

¿Qué debería hacer ahora una planta que todavía no está cubierta por ninguno de estos esquemas? Empezar a construir registros continuos y vinculados a cada entrega de composición y PCI. Cada uno de los esquemas anteriores, sea cual sea su forma final, se construye sobre datos de fracción fósil que no pueden reconstruirse de forma retroactiva con fiabilidad.

¿Dónde encuentro el texto jurídico real, no un resumen? El informe del EPRS y la cobertura de EUWID enlazados en la sección de la UE anterior son, a día de hoy, lo más cercano a un seguimiento de fuente primaria sobre el estado de la propuesta. Para cualquier cuestión vinculante para su planta en concreto, confirme con su autoridad nacional competente; los resúmenes regulatorios, incluido este, no sustituyen esa confirmación.

¿El software de Wasteer hace que una planta cumpla con el EU ETS o el UK ETS? No, y nadie debería vendérselo sobre esa base. El cumplimiento es una determinación jurídica y de procedimiento que establecen el operador y su verificador bajo el esquema concreto que aplique a esa planta. Lo que aportan los datos continuos de composición y PCI por entrega es la evidencia subyacente sobre la fracción fósil de la que depende la declaración de cumplimiento, no el estatus de cumplimiento en sí.

¿Cómo se relacionan los datos de PCI con la declaración de fracción fósil? El PCI y la composición de los materiales se miden juntos en el punto de entrega, porque ambos están relacionados: los materiales de origen fósil, como los plásticos, se comportan de forma distinta en el horno y contribuyen de forma distinta al PCI de una carga que los materiales biogénicos, como el papel, la madera y los residuos de comida. Un registro por entrega que capture ambos da a una planta una base mucho más rica para estimar y explicar su fracción fósil a lo largo del tiempo que cualquiera de las dos cifras tomada por separado, o capturada solo de forma periódica.